Seguro de depósitos, fondo de liquidez y fondo de seguros privados.

Se sustituyó y codificó el Reglamento de Gestión del Fondo de Seguros Privados, entre los artículos ha considerar están:

Artículo 1.- Objeto.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer de forma clara y precisa los procedimientos para la gestión del Fondo de Seguros Privados.

Artículo 2.- Alcance.- Este Reglamento regula la gestión del Fondo de Seguros Privados y contempla su administración, cobertura, contribuciones, procedimiento de pago, recuperación de valores pagados, actividades posteriores a la liquidación forzosa, promoción y prevención.

Artículo 6.- Cobertura.- El Fondo de Seguros Privados protegerá a los asegurados del sector público y privado, o sus beneficiarios, que tengan pólizas vigentes, con la totalidad de la prima cancelada en las empresas de seguros del sistema de seguros privados. El Fondo de Seguros Privados cubrirá dentro del monto establecido por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera el valor de los siniestros pendientes de pago a la fecha de la liquidación forzosa.

Artículo 9.- Obligatoriedad.- Las empresas de seguros que pertenecen al sistema de seguros privados están obligadas a pagar sus contribuciones al Fondo de Seguros Privados, de conformidad con lo previsto en el COMF y sus reformas, las regulaciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera y el presente Reglamento.

Compartimos el texto completo del Reglamento publicado en el Registro Oficial 139 que aparece este lunes 10 de febrero del 2020.

COSEDE fondo seguros privados
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