Salud y trabajo
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social autorizó la continuidad, reemplazo y/o contratación respectiva, de 138 contratos ocasionales para el proceso de fortalecimiento del control de pertinencia médica.
El texto de la resolución:
Artículo 1.- Autorizar la continuidad, reemplazo y/o contratación respectiva, según la verificación técnica emitida por la Subdirección Nacional de Gestión de Talento Humano, debiendo asegurar en cada caso el cumplimiento de la ley bajo responsabilidad de dicha Subdirección, de 138 contratos ocasionales para el proceso de fortalecimiento del control de pertinencia médica, correspondientes a las partidas especiales contempladas en la Resolución C.D. 569, por 180 días a partir del 01 de julio de 2019, conforme la lista de asignaciones adjunta, como excepción al Plan de Austeridad y restricción de gastos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, aprobado con Resolución C.D. 480 de 23 de marzo de 2015.
Artículo 2.- La Dirección General, la Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar, la Subdirección Nacional de Gestión de Talento Humano y la Dirección Nacional de Gestión Financiera, en conjunto con las diferentes dependencias del Instituto a nivel nacional, dentro de sus competencias, son los responsables de la aplicación de la presente Resolución.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA: La Dirección del Seguro General de Salud Individual y Familiar presentará un diagnóstico integral y sus recomendaciones, el cual incorporará entre otras cosas el sistema SOAM y su traslado al sistema BPM, en lo relacionado con el proceso de fortalecimiento de control de pertinencia médica dentro del plazo de 150 días. En dicho diagnóstico se incluirá el planteamiento de la plantilla óptima del personal que realizará el control de dicho proceso.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y publíquese.- Quito, Distrito Metropolitano, a los 28 días del mes de junio de 2019.
La norma en cuestión aparece publicada en el Registro Oficial 534 del 19 de julio del año en curso.