Contratación de abogados o estudios jurídicos para el patrocinio internacional del Estado.

Para la contratación de abogados o estudios jurídicos que deban intervenir, junto a la Procuraduría General del Estado, en la defensa o asesoramiento del Estado ecuatoriano frente a reclamos o acciones en los que actúe como actor o demandado en jurisdicción internacional o extranjera, se han dispuesto una serie de procedimientos, conceptos y otros elementos que deben ser tomados en cuenta por los profesionales interesados.

Este Reglamento no se aplicará para a los contratos suscritos con anterioridad a su vigencia. Sin embargo, las partes podrán, de mutuo acuerdo, decidir completar las tareas del estudio jurídico extranjero con los abogados o estudio jurídico nacional según las necesidades del caso.

El Reglamento, que aparece publicado en el Registro Oficial 532 del 17 de julio, aparece en la parte baja de esta nota.

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