Jornada Laboral Acordada por Pico y Placa Eléctrico.
MINISTERIO DEL TRABAJO EXPIDE EL PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DE ACUERDOS DE MODIFICACIÓN DE JORNADA LABORAL (PICO Y PLACA ELÉCTRICO)
El Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-200 está publicado en el Registro Oficial 684, con fecha 15 de noviembre de 2024. Compartimos los primeros artículos, así como el texto conforme aparace en la publicación oficial.
Artículo 1. Del objeto. El objeto del presente Acuerdo Ministerial es regular la modificación y registro temporal de la jornada laboral ordinaria y especial (Pico y Placa eléctrico).
Artículo 2. Del ámbito. Las disposiciones del presente Acuerdo Ministerial son de aplicación para aquellos sectores privados, que por la emergencia del sector eléctrico nacional requieren la modificación temporal de una jornada laboral.
Artículo 3. De la modificación temporal de jornada (Pico y Placa eléctrico). El empleador y trabajador podrán, de común acuerdo, pactar una jornada diferente a la establecida en el contrato de trabajo por motivos de la emergencia del sector eléctrico nacional; bajo ningún concepto la modificación temporal de la jornada se entenderá como cambio definitivo en las condiciones de la relación laboral.
RO 684 Pico y placa electrico laboral 15112024