Verificación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado a ong´s y personas jurídicas.

EXPEDIR LAS REGULACIONES NECESARIAS PARA LA VERIFICACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO PAGADO EN LA ADQUISICIÓN LOCAL O IMPORTACIÓN DE BIENES Y DEMANDA DE SERVICIOS POR LAS AGENCIAS ESPECIALIZADAS INTERNACIONALES, ORGANISMOS NO GUBERNAMENTALES Y PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO DESIGNADAS EJECUTORAS EN CONVENIOS INTERNACIONALES, CRÉDITOS DE GOBIERNO A GOBIERNO O DE ORGANISMOS MULTILATERALES, PREVIO EL PROCESO DE COMPENSACIÓN PRESUPUESTARIA ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 73 DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO.

Conforme menciona el artículo uno del texto legal, resuelto por el Sistema de Rentas Internas del Ecuador, la regulación «…establece los requisitos y el procedimiento para la presentación de la solicitud de verificación del IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes y demanda de servicios, por las agencias especializadas internacionales, organismos no gubernamentales y las personas jurídicas de derecho privado que hayan sido designadas ejecutoras en convenios internacionales, créditos de gobierno a gobierno o de organismos multilaterales.»

Una copia textual de la resolución del SRI acompaña esta nota, también se puede acceder a esta en la piblicación de Segundo Suplemento del Registro Oficial 388.

SRI IVA Verificacion SRO 388 04092023
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