Gestión de requerimientos, quejas y denuncias administrativas de la ciudadania ante entidades públicas.
MINISTERIO DEL TRABAJO DE ECUADOR EXPIDE NORMA TÉCNICA PARA LA GESTIÓN DE REQUERIMIENTOS, QUEJAS Y DENUNCIAS ADMINISTRATIVAS.
Mediante acuerdo ministerial Nro. MDT-2023-076 la secretaria del trabajo publicó la norma que persigue establecer los lineamientos que deberán aplicar las entidades públicas para la recepción y gestión de los requerimientos, quejas y denuncias administrativas. Las disposiciones son de aplicación obligatoria para todas las entidades detalladas en el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. El texto se encuentra publicado en el Registro Oficial 341, documento que puede ser consultado en el enlace adjunto.
Conforme al artículo tres, literal d, la denuncia administrativa se ha de entender como:
Denuncias administrativas.- Es la acción que realiza el ciudadano para poner en conocimiento a la máxima autoridad de las entidades el incumplimiento de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos y su Reglamento General de aplicación, así como el retardo injustificado o falta de atención sobre un trámite dentro del tiempo previsto en las normas aplicables. La presentación de una denuncia debe estar acompañada de elementos de prueba para el análisis pertinente y dará lugar, en caso de ser debidamente comprobado el incumplimiento a la aplicación del régimen sancionatorio correspondiente, en concordancia con la definición de denuncia de trámite administrativo del artículo 3 de la Política para Receptar y Tramitar los Requerimientos de Quejas y Denuncias de Trámites Administrativos.
Compartimos texto de la resolución:
Acuerdo Ministerial Trabajo 28062023