Corte Nacional de Justicia Ecuador resuelve acerca de la prisión preventiva.
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA DE ECUADOR SE PRONUNCIÓ SOBRE LOS PLAZOS DE CADUCIDAD DE LA PRISIÓN PREVENTIVA.
El texto de la decisión fue publicado el viernes 3 de marzo del 2023 en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 261.
RESUELVE:
Artículo 1.- Los plazos de caducidad de la prisión preventiva de seis meses y un año previstos en el artículo 541 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Integral Penal, se interrumpen desde la emisión de la decisión oral motivada y dictada en audiencia de conformidad con el artículo 619 del mismo Código.
Artículo 2.- Para que opere la interrupción de la caducidad de la prisión preventiva no es necesario que exista sentencia ejecutoriada.
Artículo 3.- La presente resolución tendrá el carácter de general y obligatoria mientras la Ley no disponga lo contrario y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. Publíquese en el Registro Oficial y en la Gaceta Judicial.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en el Salón de Sesiones del Pleno de la Corte Nacional de Justicia, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil veintitrés.