Corte Nacional de Justicia resuelve sobre informes periciales y remate de bienes.

LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA CONSIDERANDO QUE EL ARTÍCULO 405 DEL CÓDIGO GENERAL DE PROCESOS ES AMBIGUO

RESUELVE:

En caso de que el ejecutante solicitare la retasa de los bienes embargados, de conformidad con el artículo 405 del Código Orgánico General de Procesos, la jueza o juez dispondrá se realice un nuevo peritaje y para el efecto designará un perito distinto.

RO 71- Resolución CNJ 27052022

Referencia: Registro Oficial No. 71.

lexadvisor

Author lexadvisor

More posts by lexadvisor

Leave a Reply

×