Salario básico unificado para el año 2021.

En cumplimiento al artículo 328 de la Constitución de la República del Ecuador y al artículo 118 del Código del Trabajo, se resolvió fijar a partir del 01 de enero de 2021, el salario básico unificado del trabajador en general, incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila; trabajador o trabajadora remunerada del hogar, operarios de artesanías y colaboradores de la microempresa, en Cuatrocientos Dólares de los Estados Unidos de América ($ 400,00) mensuales.

Acompaña esta nota el texto de la Resolución – Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-249.

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