Agentes de retención y doble imposición en el Sistema de Rentas Internas del Ecuador (Resolución).
Reformas del Sistema de Rentas Internas relativos a los agentes de retención y convenios para evitar doble imposición.
RESUELVE:
REFORMAR LA RESOLUCIÓN Nro. NAC-DGERCGC18-00000433, PUBLICADA EN EL SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL Nro. 396 DE 28 DE DICIEMBRE DE 2018 Y SUS REFORMAS
Artículo Único.– Refórmese la Resolución Nro. NAC-DGERCGC18-00000433, publicada en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 396 de 28 de diciembre de 2018 y sus reformas, de la siguiente manera:
a) Reemplácese el título “DISPOSICIÓN TRANSITORIA” por “DISPOSICIONES TRANSITORIAS”.
b) Reemplácese en la Disposición Transitoria el epígrafe “Única.-” por “Primera.-”.
c) Agréguese a continuación de la Disposición Transitoria Primera la siguiente disposición:
“Segunda.- A partir del 11 de marzo del 2020, fecha de la declaratoria del COVID-19 como pandemia, realizada por la Organización Mundial de la Salud, y solo hasta 18 meses después, los agentes de retención que no cuenten con el certificado de residencia fiscal del beneficiario, al momento de la retención, podrán aplicar de manera automática los beneficios previstos en los Convenios para Evitar la Doble Imposición suscritos por la República del Ecuador, siempre y cuando se cumpla con al menos uno de los requisitos enumerados en el artículo 4 de la presente Resolución.
El agente de retención deberá obtener el respectivo certificado de residencia fiscal emitido por la jurisdicción correspondiente, con todas las formalidades exigidas por el ordenamiento jurídico ecuatoriano, dentro del plazo de 24 meses contados desde el 11 de marzo de 2020. De no hacerlo en el plazo señalado, el agente de retención deberá presentar la declaración sustitutiva y pagar los valores e intereses que correspondan.”
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Dictó y firmó electrónicamente la resolución que antecede, la Econ. Marisol Andrade Hernández, Directora General del Servicio de Rentas Internas, el 12 de noviembre de 2020.