Guía General de Procesos para la Presentación y Aprobación de Proyectos bajo la modalidad Asociación Público-Privada.

EL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS APROBÓ Y EXPIDIÓ LA GUÍA GENERAL DE PROCESOS PARA LA PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS BAJO LA MODALIDAD ASOCIACIÓN PÚBLICO-PRIVADA.

Artículo 1.- Aprobar y expedir la Guía General de Procesos para la Presentación y Aprobación de Proyectos bajo la modalidad Asociación Público-Privada (en adelante “Guía General de Procesos APP”) y su anexo denominado “Índice de Elegibilidad (IDE)”, los cuales forman parte integral de la presente Resolución, con el fin de establecer el proceso general a seguir por parte de las Entidades Delegantes en proyectos públicos que se estructuren bajo la modalidad de Asociación Público-Privada.

Para acceder al Índice de Elegibilidad (IDE) en formato “xls” se deberá acceder al siguiente enlace: https://www.appecuador.gob.ec/guia-general-de-procesos-para-la-presentacion-y aprobacion-deproyectos-bajo-la-modalidad-de-asociacion-publico-privada/ o ingresando a la página www.appecuador.gob.ec, según el adjunto a esta resolución en formato “xls” y PDF.

Artículo 2.- El ciclo de proyectos APP descrito en la presente Guía General de Procesos APP, es de aplicación obligatoria para todas las Entidades Delegantes.

DISPOSICIONES DEROGATORIAS.-

PRIMERA.- Se derogan todas las disposiciones y resoluciones anteriores que estén en conflicto con las disposiciones contenidas en la presente resolución y su anexo.

SEGUNDA.- Deróguese expresamente la Resolución Nro. CIAPP-R-002-2016, del 07 de abril de 2016, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas, publicada en el Registro Oficial Nro. 856, del 6 de octubre de 2016, que contiene los “Lineamientos para la aplicación de los incentivos y beneficios de la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público- Privadas y la Inversión Extranjera, a los proyectos presentados al amparo del Decreto Ejecutivo Nro. 582 de 18 de febrero de 2015”.

TERCERA.- Deróguese expresamente la Resolución Nro. CIAPP-R-003-2016, del 07 de abril de 2016, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas, publicada en el Registro Oficial Nro. 856, del 6 de octubre de 2016, mediante la cual se dispuso los “Efectos de la aplicación del artículo 9.3 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, son sectores priorizados los determinados en el artículo 13, incisos 1 y 3, de la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera”.

CUARTA.- Deróguese expresamente la Resolución reformatoria Nro. CIAPP-R-004-MAYO 2016, del 18 de mayo 2016, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas, publicada en el Registro Oficial Nro. 889, del 24 de noviembre de 2016, mediante la cual se reformó la resolución Nro. CIAPP-R-002-2016, de 7 de abril de 2016.

QUINTA.- Deróguese expresamente la Resolución Nro. CIAPP-R-009-ABRIL-2017, de 20 de abril de 2017, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas, publicada en la Edición Especial Nro. 11 del Registro Oficial del 07 de junio de 2017, que contiene la “Resolución General para la Presentación y Aprobación de Proyectos bajo la modalidad de Asociación Público-Privadas”, con inclusión de la “Guía Metodológica” que forma parte de la misma.

SEXTA.- Deróguese expresamente la Resolución Nro. CIAPP-R-010-ABRIL-2017, de 20 de abril de 2017, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas, publicada en el Registro Oficial Nro. 10 del 08 de junio de 2017, que contiene la “Resolución General para la aplicación del beneficio previsto en el Art. 125 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) sobre las importaciones destinadas para proyectos públicos bajo la modalidad de Asociación Público-Privada”.

SÉPTIMA.- Deróguese expresamente la resolución reformatoria Nro. CAPP-2019-19 002, del 04 de julio de 2019, expedida por el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público Privadas, publicada en el Registro Oficial Nro. 7 del 30 de julio de 2019, mediante la cual se reformó la Resolución Nro. CIAPP-R-009-ABRIL-2017.

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, el 8 de noviembre de 2023.

EL PRESIDENTE ROBERTO AQUILES SALAS GUZMÁN

NOTA: Adjuntamos texto de la guía conforme está publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 435.

2do Suple RO 435 Aso Publico-Privada 13112023
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