Superintendencia de Bancos resuelve sustituir artículo de la Norma de Control para entidades del sistema financiero público y privado.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS SUSTITUYE ARTÍCULO 1, DE LAS NORMAS DE CONTROL PARA LAS ENTIDADES DE LOS SECTORES FINANCIEROS PÚBLICO Y PRIVADO.
Las entidades públicas, bancos privados y entidades financieras privadas integrantes de grupos financieros mantendrán obligatoriamente comités permanentes de auditoría, en calidad de comités del directorio, a fin de que fortalezcan los sistemas de control de: auditoría interna, externa y calificadoras de riesgo.
Compartimos el texto de la resolución que ha sido publicado en el Registro Oficial 195, independientemente de esto la resolución de la Superintendencia de Bancos entró en vigencia desde su expedición el 24 de octubre del 2022.
RO 195 SuperBancos 15122022