Condiciones y requisitos para asumir obligaciones de terceros en el sistema financiero popular y solidario.

SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA EXPIDIÓ LA NORMA PARA AUTORIZAR A LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO REALIZAR LA OPERACIÓN CONTINGENTE DE ASUMIR OBLIGACIONES POR CUENTA DE TERCEROS.

La  norma tiene por objeto determinar las condiciones y requisitos que las cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, en adelante “entidad o entidades”, deben cumplir previo a obtener de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria la autorización para asumir obligaciones por cuenta de terceros a través de aceptaciones, endosos o avales de títulos de crédito, el otorgamiento de garantías, fianzas y cartas de crédito internas y externas, o cualquier otro documento, en adelante “operaciones contingentes”.

Compartimos el texto conforme aparece publicado en el Registro Oficial 109:

RO 109 SIEPS Norma
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