Reforma a la Cobertura del Fondo de Seguros Privados (Ecuador).

LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA SUSTITUYE ARTÍCULO 3 DE LA COBERTURA DEL FONDO DE SEGUROS PRIVADOS.

Artículo Único.- Sustitúyase el artículo 3 de la Sección II “DE LA COBERTURA DEL FONDO DE SEGUROS PRIVADOS” Capítulo I “NORMAS GENERALES DEL FONDO DE SEGUROS PRIVADOS”, Título V “DEL FONDO DE SEGUROS PRIVADOS”, Libro III “SISTEMA DE SEGUROS PRIVADOS” de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, por el siguiente:

Art. 3.- La cobertura del Fondo de Seguros Privados, en atención a lo previsto en el artículo 80, numeral 10; y, artículo 344, inciso segundo del Código Orgánico Monetario y Financiero, se limitará al pago, por parte de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE), de los siniestros pendientes de pago a la fecha de ser declarada la liquidación forzosa de una empresa de seguros del sistema de seguro privado, los mismos que serán pagados por la COSEDE hasta el monto protegido total del Fondo de Seguros Privados.

Se entenderá por siniestros pendientes de pago, aquellos ocurridos y aceptados por la compañía de seguros en liquidación forzosa.

Respecto de los siniestros que hubieren ocurrido y no hayan sido reportados, los asegurados podrán reportarlos al liquidador, a quien corresponderá aceptarlos o no.

El liquidador entregará a la COSEDE la base de datos de asegurados o beneficiarios, en la que se incluirá obligatoriamente el valor de cada siniestro, con la cual se realizará el pago de la cobertura del Fondo de Seguros Privados.”

DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará en vigor a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Publíquese la presente Resolución en la página web de la Junta de Política y Regulación Financiera, en el término máximo de dos días desde su expedición.

COMUNÍQUESE.- Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, el 17 de mayo de 2022.

LA PRESIDENTE, Mgs. María Paulina Vela Zambrano

Proveyó y firmó la resolución que antecede la magíster María Paulina Vela Zambrano, Presidente de la Junta de Política y Regulación Financiera, en el Distrito Metropolitano de Quito, el 17 de mayo de 2022.- LO CERTIFICO.

SECRETARIA TÉCNICA Dra. Nelly Arias Zavala

Fuente: Registro Oficial 77.

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