La información tributaria reservada, administrada o bajo custodia del SRI.

La Directora General del Servicio de Rentas Internas comunicó a las personas que hayan tenido o tengan acceso a información tributaria reservada, administrada o bajo custodia del servicio de rentas internas, con base en la normativa vigente que:

Toda persona -incluidos servidores o ex servidores de la Administración Tributaria- que de acuerdo con la naturaleza de sus funciones desempeñadas y de conformidad con la ley haya tenido o tengan actualmente acceso a información tributaria calificada como reservada por disposición legal o de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Nro. NAC-DGERCGC10-00694 y sus reformas, está obligada a respetar y mantener dicha reserva, de conformidad con la ley.

De manera general, el acceso o uso indebido, inadecuado y/o no autorizado, respecto de información tributaria reservada o de sus herramientas, sistemas informáticos, de información y/o comunicación, así como la publicación o divulgación -bajo cualquier medio o formato- de información tributaria reservada que posee el Servicio de Rentas Internas, dará lugar a las respectivas acciones legales que correspondan, sea en el ámbito administrativo, civil o penal.

Compartimos la circular del SRI que fue inscrita en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial 421, correspondiente al martes 30 de marzo del 2021.  El texto original puede ser revisado en el enlace adjunto, mientras que el texto puntual está adjunto a esta nota,

SRI Informacion reservada 032021-páginas-eliminadas
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