Delitos de organización: una óptica garantista.

Las nuevas formas de criminalidad son una preocupación en una sociedad globalizada, siendo un deber de la Política Criminal direccionar al Derecho Penal, para dar una respuesta efectiva a estos fenómenos, entre los cuales se encuentra la delincuencia organizada. Sin embargo, no podemos dejar de lado las garantías y derechos fundamentales para hacer frente a estas estructuras.

Así también, debemos llegar a consensos de mínimos y restringir el concepto de criminalidad organizada para afrontar el problema, sin perseguir bajo el paraguas de este fenómeno a la delincuencia común o de masas.

Por último, debemos desterrar el Derecho Penal del enemigo, lo cual conlleva a no punir delitos de organización propios, sino agravar las penas cuando los delitos específicos sean cometidos por sujetos que forman parte de la criminalidad organizada.

El abogado Pedro Jerves desarrolla este tema que ha sido publicado por la revista Novedades Jurídicas y que aparece en la edición 171 correspondiente a septiembre 2020.  Compartimos con nuestros lectores el artículo en mención.  Si desean revisar otros artículos de la revista pueden acceder a su portal: NOVEDADES JURÍDICAS.

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