Reformas y novedades en el Código del Conocimiento 2/6

Una serie de cambios se produjeron en el Código Social de la Economía de los Conocimientos Creatividad e Innovación, dictado en diciembre de 2016.

Investigación e Innovación (la segunda de seis entregas)

El nuevo sistema pretende integrar a los actores generadores y gestores del conocimiento. Establece un organismo asegurador de la ética en la investigación científica y un sistema de información articulado al sistema de información nacional. Regula el acceso y soberanía del conocimiento en entornos digitales e informáticos, como un mecanismo de garantía de libre acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

Reconoce como un derecho de todos los ciudadanos, el acceso universal, libre y seguro al conocimiento en entornos digitales, priorizando el uso de las tecnologías libres, bajo los principios de “soberanía tecnológica, seguridad, neutralidad de la red, acceso libre y sin restricciones a la información y precautelando la privacidad” (artículo 39).

Así mismo, garantiza el “acceso universal al servicio público de internet”, siendo obligación de las Universidades y Gobiernos Autónomos Descentralizados, poner a disposición libre y gratuita.

Entre los principios rectores, se incorpora la libertad de investigación, así como su ejercicio responsable y ético, especialmente en la investigación científica aplicada a la biodiversidad. Fija límites de reconocimiento del talento humano que hace investigación.   Establece varios incentivos tributarios, tales como exenciones y deducciones del impuesto a la renta; reducción de la tarifa de renta; exoneración del anticipo del impuesto a la renta; beneficios arancelarios, entre otros,  a favor de los sujetos pasivos que patrocinen, inviertan o donen recursos para proyectos de investigación, debidamente calificados.

En este contexto, se incorpora una nueva regulación sobre la innovación social, definida como el “proceso creativo y colaborativo mediante el cual se introduce un nuevo o significativamente mejorado bien, servicio o proceso con valor agregado, que modifica e incorpora nuevos comportamientos sociales para la resolución de problemas, la aceleración de las capacidades individuales o colectivas, satisfacción de necesidades de la sociedad y el efectivo ejercicio de derechos.   Está orientada a generar impactos sociales, económicos, culturales y tecnológicos que fomenten el buen vivir”. (Art. 74)

El proceso de innovación social, incluye la “incubación de emprendimientos innovadores”; “habitat de empresas”, así como las “actividades de transferencia de tecnología”.

Autores:

Dr. Jaime Martínez – jmartinez@lex.loginmktdigital.com

Dra. Patricia Alvear – palvear@lex.loginmktdigital.com

Pronto la tercera entrega: «La gestión de los conocimientos» (…)

lex

Author lex

More posts by lex

Leave a Reply

×